Eduardo Hector Valdes Salinas con SII
Se rechaza sobreseimiento por prescripción de delito tributario reiterado. La Corte confirma que existe incertidumbre sobre si el delito fue reiterado y sobre los efectos de la querella nominativa en la suspensión de plazo.
No Ha LugarConfirma Sentencia apelada - Rechaza sobreseimiento - Artículo 97 N° 4 inciso primero Código Tributario - Delito reiterado - Querella suspende prescripción
Texto de la sentencia
C.A. de Chillán Act/sag
Chillán, seis de agosto de dos mil veinticinco.
Visto y teniendo presente:
1.- Que, la defensa del imputado XXXX, quien ha sido formalizado por los delitos, previstos en el artículo 97 N° 4 inciso primero y 97 N° 4 inciso segundo, ambos del Código Tributario, se ha alzado en contra de la resolución que rechazó el sobreseimiento definitivo parcial alegado, fundado en la prescripción de la acción penal, sólo respecto del primero de ellos.
2.- Que, como se sabe, el sobreseimiento definitivo exige un alto estándar de certeza acerca de la concurrencia de sus presupuestos, la prescripción, en este caso, desde que sus efectos, son definitivos e irrevocables.
3.- Que, si bien, el delito en análisis, previsto en el artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario, se castiga con pena de simple delito, se ha alegado que por su carácter reiterado la sanción sería de crimen, y que además al haber existido una querella nominativa, la misma ha provocado el efecto de suspender el término de la prescripción.
4.- Que, las alegaciones precedentes impiden, contar, en esta etapa procesal, con la certeza requerida a fin de determinar si efectivamente el delito ha sido reiterado y en consecuencia su castigo sería de mayor entidad, sin perjuicio del debate existente acerca de los efectos de la interposición de la querella nominativa.
Y, visto, además, lo dispuesto en los artículos, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veinticinco de julio del año en curso, que rechazó el sobreseimiento definitivo, por prescripción, del imputado Valdés Salinas.
Téngase por notificados a los intervinientes.
Comuníquese y devuélvase inmediatamente.
R.I.C N° Penal-619-2025.-
Código:
Código:
Pronunciado por la Primera Sala de la C.A. de Chillan integrada por Ministro Presidente Guillermo
Alamiro Arcos S., Ministro Claudio Patricio Arias C. y Fiscal Judicial Solon Rodrigo Vigueras S.
Chillan, seis de agosto de dos mil veinticinco.
En Chillan, a seis de agosto de dos mil veinticinco, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.