—
Se rechazó la reclamación tributaria de Agrícola San Agustín Ltda. por pérdida de arrastre invocada como gasto sin cumplir requisitos del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
No Ha LugarARTÍCULO 59 Y 200 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO-ARTÍCULO 31 DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA.
Análisis del SII
Al invocarse como gasto una pérdida de arrastre, es obligación de la reclamante dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Fuente: ACJ (SII)Texto de la sentencia
Ciento noventa y ocho//198
Agrícola San Agustín Ltda.
Servicio de Impuesto Internos
Reclamación general tributaria
Rol Nº 18-2015.- (00044-2014 del Tribunal Tributario y Aduanero, Región de Coquimbo)
La Serena, doce de agosto de dos mil quince.
VISTOS:
Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo el razonamiento del tribunal a quo y según lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia de fecha veintitrés de febrero de dos mil quince, escrita de fojas 156 167 de estos autos, sin costas por estimar que el recurrente tuvo motivo plausible para litigar.
Regístrese y devuélvase.
Rol Nº 18-2015.- Tributario.-
Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los Ministros Titulares señor Jaime Franco Ugarte, señor Humberto Mondaca Díaz y señor Vicente Hormazábal Abarzúa.
Jorge Colvin Trucco Secretario
La Serena, doce de agosto de dos mil quince, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Rol o Rit : T - 60004 - 2014
RUC : 000000000-0
Fecha Ing.: 23/04/2015
Caratulado: AGRICOLA SAN AGUSTIN LIMITADA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Materia: Tributario - General de Reclamación
Tribunal : TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA SERENA