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Fallo de tribunal superior
Rol 297-2018

Methanex Louisiana Llc Establecimiento Permanente / SII

Revocación de resolución del SII que rechazaba prueba sobre la efectividad de venta de planta de metanol por Methanex. La Corte aceptó incorporar como punto de prueba la cuestión de si la venta cumplía requisitos de IVA.

Ha Lugar

Se revoca - resolución recibe la causa a prueba

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Rol
297-2018
Fecha
3 de julio de 2019
RUC
1490001983-2
Resuelve a favor de
Contribuyente
Resultado
Ha Lugar

Texto de la sentencia

CERTIFICO: que se anunciaron para alegar, escucharon relación y alegaron por el recurso, el abogado don xxxxxxxxxxxxx, y el abogado don xxxxxxxx, contra el mismo. Santiago, tres de julio de dos mil diecinueve. Elizabeth Melero López Relatora Santiago, a tres de julio de dos mil diecinueve. Proveyendo a fojas 145 y 146, téngase presente.

Vistos: Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en los artículos 139 y siguientes del Código Tributario, se revoca la resolución apelada de veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho, escrita a fojas 107 de estas compulsas, y se agrega como punto N°3 de prueba, el siguiente hecho: “Efectividad de la venta llevada a cabo por xxxxxxxxxxxxx Establecimiento Permanente a xxxxxxxxx de la planta de metanol llamada “Chile III” (Tren III) al tenor de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, contenido en el D.L. N°825, de 1974. Antecedentes y circunstancias de hecho que lo justifiquen”. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante señora Paola Herrera Fuenzalida, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos.

Devuélvase. Tributario y Aduanero -297-2018. Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Zepeda Arancibia, señor Fernando Carreño Ortega y por la abogada integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Santiago, tres de julio de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede. Pronunciado por la Undécima Sala de la C.A. de Santiago integrada por los Ministros (as) Jorge Luis Zepeda A., Fernando Ignacio Carreño O. y Abogada Integrante Paola Herrera F. Santiago, tres de julio de dos mil diecinueve. En Santiago, a tres de julio de dos mil diecinueve, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.

Normas aplicadas

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