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Fallo de tribunal superior
Rol 358-2018

Jorge Humberto Chavez Garcia / SII

Se confirmó rechazo del TTA sobre impuesto global complementario por rentas obtenidas en el extranjero, manteniendo la decisión de primera instancia.

Ha Lugar

Se confirma - TTA rechazó el reclamo - impuesto global complementario - rentas obtenidas en el extranjero.

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Rol
358-2018
Fecha
23 de septiembre de 2019
RUC
14-9-0000727-3
Resuelve a favor de
SII
Resultado
Ha Lugar

La misma causa en primera instancia

Rechaza

Chavéz Garcia con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente

Se rechaza reclamo contra liquidación de rentas extranjeras de 2011. Contribuyente no acreditó jurisdicción tributaria en Argentina ni servicios prestados en ese país para obtener crédito por impuestos pagados en el exterior.

RIT GR-18-00181-2014Tribunal R. Metropolitana. Cuarto16-11-2018

Texto de la sentencia

C.A. de Santiago

Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.

Proveyendo a fojas 144, téngase presente.

Vistos:

Atendido el mérito de autos, los fundamentos de la sentencia en

alzada, los que son compartidos por esta Corte y lo dispuesto en los

artículos 139 y siguientes del Código Tributario, se confirma la

sentencia de dieciséis de noviembre de dos mil dieciocho, escrita a fojas

98 y siguientes.

Regístrese y devuélvase.

N°Tributario Y Aduanero-358-2018.

Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por los Ministros señor

Jorge Zepeda Arancibia, señor Fernando Carreño Ortega y por la

abogada integrante señora María Cecilia Ramírez Guzmán. Autoriza el

(la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago.

Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por

el estado diario la resolución que antecede.

Pronunciado por la Undécima Sala de la C.A. de Santiago integrada por los Ministros (as) Jorge Luis Zepeda A.,

Fernando Ignacio Carreño O. y Abogada Integrante Maria Cecilia Ramirez G. Santiago, veintitrés de septiembre de

dos mil diecinueve.

En Santiago, a veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la

resolución precedente.

Normas aplicadas

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