Ministerio Público con CARLOS ALBERTO RETAMALES FARIAS
Se declara abandonado el recurso de apelación deducido contra resolución que rechazó el alzamiento de medida cautelar sobre cuenta bancaria, por no comparecencia del abogado recurrente.
No Ha LugarApelaciónAbandono recurso de apelación - Comparecencia - Artículo 358 inciso 2 Código Procesal Penal
Texto de la sentencia
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO
Santiago, cuatro de febrero de dos mil veintiséis.
Sala: Undécima
Rol Corte: Penal-6277-2025
Ruc: 2000795411-6
Rit : O-9840-2020
Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Integrantes: la ministra señorita Romy Grace Rutherford Parentti, el ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y el abogado integrante señora XXXXXXXXXXXXX
Relator: XXXXXXXXXXXXXXXX
Digitador (a): XXXXXXXXXXXXXXXX
Fiscal: María Cristina Bernedo Kunz
Santiago, cuatro de febrero de dos mil veintiséis.
Vistos:
Con la cuenta de la señora Relatora que para estos efectos hace las veces de Ministro de fe, y teniendo presente que el abogado recurrente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en representación de la XXXXXXXXXXXXXXXXXX, no ha comparecido a estrados ni tampoco se ha inscrito para alegar y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veintiuno de noviembre pasado, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT 9840-2020, que no dio lugar al alzamiento de la medida cautelar real, respecto de la cuenta bancaria del Banco de Crédito e Inversiones (BCI), a nombre de dicha sociedad.
Comuníquese por la vía más rápida. Rol Corte Nro. 6277-2025 (Penal)
Pronunciado por la Undécima Sala de la C.A. de Santiago integrada por Ministra Romy Grace
Rutherford P., Ministro Suplente Manuel Esteban Rodríguez V. y Abogada Integrante Renée Rivero