Criterio · Corte de Apelaciones de Arica · rol 9-2015
La notificación tributaria por carta certificada se presume válida desde tres días después del envío, sin que el SII requiera comprobación de entrega efectiva por Correos. (síntesis IA)
Este criterio proviene de citas textuales transcritas en fallos TTA — no del texto original del tribunal superior — y es verificable en cada sentencia TTA enlazada.
“Que la decisión reprobada revoca aq uella en alzada y en sus basamentos cuarto y quinto afirma la debida notificación al contribuyente de la Liquidación N° 101101000006 de 16 de…”
El texto completo del criterio es parte de Pro
Incluye 5 citas textuales con RIT, carátula y tribunal de cada fallo TTA fuente, verificables en la sentencia.
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