Criterio · Corte de Apelaciones de Concepción · rol 85-2012
Los remanentes solicitados en devolución constituyen mera expectativa no un derecho indubitado, pues derivan de declaraciones provisorias sujetas a revisión por el SII. (síntesis IA)
Este criterio proviene de citas textuales transcritas en fallos TTA — no del texto original del tribunal superior — y es verificable en cada sentencia TTA enlazada.
“por otra parte, el Servicio de Impuestos Internos recurrido ha sostenido que, en el presente caso, el recurrente habría carecido de un derecho indubitado sobre los remanentes…”
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