Criterio · Corte Suprema · sentencia de 12-08-2010 (fecha según fallo citante)
La judicatura ordinaria posee plena jurisdicción para pronunciarse sobre nulidad de actos administrativos y sus consecuencias patrimoniales, conforme a la reforma constitucional de 1989. (síntesis IA)
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“(…) para tales fines la judicatura ordinaria dispone de plena jurisdicción para pronunciarse sobre la nulidad de un acto administrativo, así como respecto de las consecuencias…”
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