Criterio · Corte Suprema · sentencia de 13-08-1985 (fecha según fallo citante)
Las partes pueden fijar libremente remuneraciones incluyendo pensiones de jubilación; estos gastos son necesarios para producir renta y no infringen la normativa tributaria. (síntesis IA)
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“De acuerdo con el espíritu de la legislación laboral, queda al arbitrio de las partes, esto es, empleador y trabajador, fijar libremente las remuneraciones, siendo licito fijar…”
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