Criterio · Corte Suprema · rol no indicado en el fallo citante
Los tribunales tributarios carecen de competencia para conocer acciones de nulidad de derecho público, pues esta corresponde a tribunales ordinarios según Constitución y CPC. (síntesis IA)
Este criterio proviene de citas textuales transcritas en fallos TTA — no del texto original del tribunal superior — y es verificable en cada sentencia TTA enlazada.
“Décimo: Que el planteamiento de los recurrentes es equivocado, por cuanto la competencia para conocer las acciones de nulidad de derecho público se encuentra entregada a los…”
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