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Tribunal de Valparaiso
VICUÑA PÉREZ y otro con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 20-12-2021 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola; Resolución
ACOGE Ha Lugar
Se acoge la nulidad de derecho público de resoluciones que modificaron avalúo de bien raíz por falta de fundamentación en hechos y derecho, sin explicar criterios ni constataciones de la visita fiscalizadora.
María Isabel y Benjamín Daniel Vicuña Pérez son propietarios de un fundo en Zapallar. El SII dictó Resoluciones Exentas N° A05.2019.00037718 y A05.2019.00037719 (09.08.2019) modificando el avalúo fiscal del inmueble (Rol 350-9) y estableciendo nuevas cuotas de contribuciones con efecto retroactivo para períodos 2016-2019. Los contribuyentes presentaron reposición administrativa rechazada el 24.01.2020. Reclamaron por falta de fundamentación, aplicación retroactiva sin base legal y sobretasa del 100% sin justificación.
El tribunal constató que las resoluciones adolecen de vicio esencial: falta de fundamentación en hechos y derecho conforme a artículos 11 inciso 2° y 41 de la Ley Nº 19.880. Las resoluciones solo enuncian genéricamente artículos de la Ley Nº 17.235 (arts. 10 d), 16, 28, 29) sin explicar cuál causal específica aplicaba, cuáles fueron los criterios precisos usados, ni los hechos constatados en la visita de julio 2019. El tribunal sostuvo que la motivación es requisito esencial que evita arbitrariedad, permite defensa del contribuyente y debe constar en el acto administrativo. Los antecedentes de
Se acoge la nulidad de derecho público alegada. Se anulan las Resoluciones Exentas N° A05.2019.00037718 y N° A05.2019.00037719. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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