Alevy Perez Patricio / SII
Recurso de apelación en materia de crédito por impuesto territorial. La Corte confirmó la sentencia de la TTA que acogió parcialmente el reclamo del contribuyente.
No Ha LugarSE CONFIRMA - TTA acogió parcialmente reclamo - crédito por impuesto territorial -
La misma causa en primera instancia
Alevy Pérez con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidación por AT 2011. Se deja sin efecto agregado por gastos en donaciones ($5.911.500) reconocido como error de tipeo, pero se rechaza rebaja por impuesto territorial sin acreditación de nexo con rentas gravables.
Texto de la sentencia
CERTIFICO: que se anunciaron para alegar, escucharon relación y
alegaron el abogado don xxxxxxxxxxxxxx, por el recurso, y el abogado don
xxxxxxxxxx, contra el mismo. Santiago, nueve de septiembre de
dos mil diecinueve
Marlys Welsch
Relatora
C.A. de Santiago
Santiago, nueve de septiembre de dos mil diecinueve.
Proveyendo a fojas 193 y 194, téngase presente.
Vistos:
Atendido el mérito de autos, los fundamentos de la sentencia en
alzada, los que son compartidos por esta Corte y lo dispuesto en los
artículos 139 y siguientes del Código Tributario, se confirma la
sentencia de diez de octubre de dos mil dieciocho, escrita a fojas 131 y
siguientes, con costas del recurso.
Regístrese y devuélvase.
N°Tributario Y Aduanero-326-2018.
Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por los Ministros señor
Juan Manuel Muñoz Pardo, señor Jorge Zepeda Arancibia y por el
abogado integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes. Autoriza el (la)
ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago.
Santiago, nueve de septiembre de dos mil diecinueve, se notificó por el
estado diario la resolución que antecede.
Pronunciado por la Undécima Sala de la C.A. de Santiago integrada por los Ministros (as) Juan Manuel Muñoz P.,
Jorge Luis Zepeda A. y Abogado Integrante Rodrigo Rieloff F. Santiago, nueve de septiembre de dos mil diecinueve.
En Santiago, a nueve de septiembre de dos mil diecinueve, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución
precedente.