Orellana Johnson Pedro Jose con SII
Justificación de inversiones conforme artículo 70 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó los documentos presentados por no aportar antecedentes que alteraran lo resuelto.
No Ha LugarJustificación de Inversiones - Artículo 70 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
La misma causa en primera instancia
Orellana Johnson con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de $287.794.652 por inversiones en fondos mutuos y bien raíz sin justificación acreditada del origen de fondos, según artículo 70 LIR.
Texto de la sentencia
C.A. de Santiago
Santiago, doce de noviembre de dos mil veinte.
Proveyendo los escritos folios 17, 18 y 20, a todo, téngase presente.
Vistos y teniendo presente:
Que los documentos acompañados en forma simple en esta instancia, por medio de escrito folio 19, consistentes en simples fotocopias, no aportan antecedentes que alteren lo que viene resuelto por el juez a quo, atendido el mérito de autos, los fundamentos de la sentencia en alzada, los que son compartidos por esta Corte y lo dispuesto en los artículos 139 y siguientes del Código Tributario, se confirma la sentencia apelada de dos de septiembre de dos mil diecinueve, escrita a fojas 105 y siguientes, dictada por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago.
Regístrese y comuníquese.
N°Tributario Y Aduanero-340-2019.
Pronunciado por la Undécima Sala de la C.A. de Santiago integrada por Ministro Fernando Ignacio Carreño O. y los Ministros (as) Suplentes Maria Ines Lausen M., Mauricio Rettig E. Santiago, doce de noviembre de dos mil veinte.
En Santiago, a doce de noviembre de dos mil veinte, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.