Capital propio inicial
Definición
Corresponde a la diferencia existente entre el activo y el pasivo exigible a la fecha en que se inicia el ejercicio comercial, debiendo rebajarse previamente los valores intangibles, nominales, transitorios y de orden, más otros determinados por el SII y que no representen inversiones efectivas.
Oficios y circulares SII
- oficio N° 46/2025 — Capital propio inicial en el caso de una sociedad que transita desde el régimen pro pyme al régimen de integra
- circular N° 9/2025 — Circulares 2025 Años Anteriores Circular N° 68 del 15 de Diciembre del 2025 Informa tabla de cálculos de reaju
- circular N° 5/2024 — Sistema de correccion monetaria reajustabilidad y tablas impuesto global 2024
- circular N° 3/2023 — Correccion monetaria reajustabilidad registros y tablas CGC 2023
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