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Término de Giro

Término del glosario tributario · Actualizado 15 de May, 2026

Definición

Cesación de las actividades comerciales o industriales de un agente económico. En la legislación tributaria chilena una persona natural o jurídica que deje de estar afecta a impuestos, en virtud de haber terminado su giro comercial o industrial o sus actividades, debe dar aviso de tal circunstancia al SII, a menos que constituya una excepción en la ley.

Fuente: Diccionario Básico Tributario SII →

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Información pública del Servicio de Impuestos Internos y los Tribunales Tributarios y Aduaneros (bcn.cl, sii.cl). No constituye asesoría tributaria personalizada. Para tu caso consulta con un tributarista.