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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO con Carrasco Caceres
Fecha: 11-11-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por obtener devoluciones indebidas de impuesto mediante declaración rectificatoria fraudulenta que alegaba créditos de sociedades en las que no tenía participación.
Paulina Andrea Carrasco Cáceres presentó una declaración rectificatoria del Formulario 22 para el Año Tributario 2019, informando créditos puestos a su disposición por sociedades en las que no tenía participación alguna. Esto le permitió obtener una devolución indebida de $587.000. La rectificación fue realizada por el contador Cristian Verdugo Bresler, a quien la denunciada proporcionó su clave tributaria y pagó $200.000 por el servicio. En declaración jurada de diciembre de 2022, la denunciada reconoció los hechos pero alegó desconocimiento de la ilegalidad.
El Tribunal analizó si se configuraban los requisitos del artículo 97 N°4 inciso 3° del Código Tributario: (1) contribuyente afecto a impuesto sujeto a declaración, acreditado pues estaba afecto al Impuesto Global Complementario; (2) maniobras para obtener devoluciones indebidas, acreditado por la rectificación del Código 58 que declaraba créditos inexistentes sin que ninguna sociedad los hubiera puesto a disposición; (3) carácter fraudulento de las maniobras, inferido del hecho que Verdugo realizó esta operación reiteradamente para múltiples contribuyentes durante años consecutivos, lo que ha
Se confirma el Acta de Denuncia N°9 de fecha 21 de marzo de 2024 y se aplica una multa de $587.000 (equivalente al 100% de lo defraudado) a Paulina Andrea Carrasco Cáceres por infracción al artículo 97 N°4 inciso 3° del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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