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Tribunal de Valparaiso
J.E. INVERSIONES SpA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL VALPARAISO
Fecha: 20-01-2026 · Materia: Artículo 19 N° 21 CPR · Juez: Lily Paola Feliu Azzar
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo por vulneración de derechos de empresa sancionada por no emitir boletas electrónicas. Tribunal estima que la notificación fue válida pese a error en correo registrado por la contribuyente.
J.E. INVERSIONES SpA fue fiscalizada el 6 de octubre de 2024 por no otorgar boleta electrónica en venta de entradas a local nocturno (60 entradas x $5.000). Se le notificó infracción folio 1496750 por artículo 97 N°10 del CT. El 21 de noviembre de 2024 se dictó Resolución Exenta N°43.729 imponiendo multa de $1.500.000 y clausura por 10 días (12-28 diciembre 2024). La notificación se envió al correo registrado por la empresa (juanpabloecheverriassalinas@gmail.com), pero la empresa alegó error de digitación en ese correo. El 12 de diciembre informó del error y el SII emitió Resolución Exenta N°1
El tribunal estima que se trata de un amparo tributario regulado por Ley N°20.322, requiriendo demostrar vulneración ilegal o arbitraria de derechos constitucionales. Analiza que la notificación fue válida conforme al artículo 11 bis del CT, pues se realizó al correo registrado por la propia contribuyente. La obligación de mantener actualizada la dirección de correo recae exclusivamente en el contribuyente. No existe responsabilidad del SII en el error de digitación del correo, ni se acreditó caso fortuito o fuerza mayor. El tribunal aplica la doctrina de los actos propios, señalando que la co
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos. Se deja sin efecto la orden de no innovar. No se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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