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Tribunal del Biobio
DÍAZ GOMEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 27-02-2015 · Materia: Giro; Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por modificación de avalúo fiscal de inmueble por falta de fundamentación respecto a errores en determinación de superficie construida.
Juana de Dios Díaz Gomez, pensionada, propietaria del inmueble ubicado en San Martín 27, Chiguayante, rol 2475-007, reclama contra la modificación del avalúo fiscal del año 2014. Alega errores en la determinación de la superficie construida y cuestiona el cobro de derechos de aseo municipal, señalando estar exenta por decreto alcaldicio 1577 de 2013. El SII contesta rechazando el reclamo, indicando que el avalúo de construcciones disminuyó en el reavalúo 2014 y que derechos de aseo son competencia municipal.
El Tribunal determina que la reclamante no señala de manera específica cómo se produce la errónea determinación de superficie, ni indica diferencia alguna en la medición. Durante el término probatorio no rindió prueba que acreditara la causal alegada al tenor del artículo 149 N°1 del Código Tributario. Respecto de los derechos de aseo, el Tribunal no puede pronunciarse por ser materia de exclusiva competencia municipal y estar fuera de las causales taxativas del artículo 149 del Código Tributario. Sin fundamentación ni prueba acreditativa, es imposible que el Tribunal se pronuncie sobre la cau
Se rechaza la reclamación interpuesta por doña Juana de Dios Díaz Gomez contra la modificación del avalúo fiscal del bien raíz rol 2475-007, Chiguayante. Se confirma el reavalúo. No se condena en costas a la parte reclamante.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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