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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
JEAN MARC MEYES TELLENBACH con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 28-05-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuesto de primera categoría y global complementario por $31.210.261. Se justifica inversión en fondos mutuos por $2.698.234, mas no la inversión inmobiliaria de $55.000.000 por deficiencias probatorias.
Jean Marc Meyes, extranjero residente en Chile, reclamó contra dos liquidaciones del SII del año 2008 por inversiones realizadas en 2007: $55.000.000 en adquisición de inmueble en Las Condes (cedido por su madre y hermanos) y $2.698.234 en fondos mutuos. Alegó que los fondos provenían de herencia de su padre fallecido en Suiza, por lo que no constituían renta. El SII no aceptó su explicación inicial y procedió a liquidar impuestos. Reclamante acompañó documentación relativa a la herencia y remesas de dinero.
El tribunal aplicó el artículo 70 de la LIR sobre presunción de renta cuando no se prueba origen de fondos. Analizó la carga probatoria del contribuyente conforme al artículo 21 del CT. Respecto al inmueble, desestimó la prueba por deficiencias: documentos posteriores a la fecha de la cesión, declaraciones juradas unilaterales de 2013 (años después), y copia simple sin solemnidad de escritura pública. No se acreditó cómo se remesaron los fondos ni que se imputaran a ajustes familiares. Para fondos mutuos, aceptó las remesas de junio y julio 2007 como suficientes, anteriores a inversión de octu
Se acoge parcialmente el reclamo. Se declara justificada inversión en fondos mutuos por $2.698.234. Se rechaza la justificación de inversión inmobiliaria por $55.000.000. Se ordena reliquidación de impuestos. Cada parte paga sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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