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Tribunal L.G.B. Ohiggins
Barahona García con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Fecha: 16-02-2016 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de bien raíz habitacional por falta de fundamento legal; causal invocada es aplicable solo a predios agrícolas.
Humberto Barahona García, propietario de inmueble ubicado en Los Castaños N°1131, Machalí, reclama el reavalúo del predio Rol N°155-084 realizado por el SII. El terreno de 2.337 m² fue tasado en 2006 a 0,29 UF/m², y en el reavalúo de 2014 se determinó en 0,63 UF/m², incrementando las contribuciones en 67% del terreno. El reclamante alega que el predio carece de acceso directo a calle, presenta desnivel de 2,2 metros respecto de la vía pública y requeriría planta de elevación para evacuación de aguas servidas, lo que justificaría rebaja en la tasación.
El tribunal determina que la causal invocada por el reclamante (artículo 149 N°4 del Código Tributario), relativa a inclusión errónea del mayor valor adquirido por terrenos con ocasión de mejoras costeadas por particulares, es aplicable únicamente a predios agrícolas conforme al artículo 8° de la Ley N°11.575. El inmueble materia del reclamo es un bien no agrícola de destino habitacional, reavaluado conforme a la Ley N°20.455, Ley N°20.650 y Resolución Exenta N°108 de 2013. La prueba rendida no acredita la realización de mejoras en los términos de ley, empleando el reclamante lenguaje condicio
Se rechaza el reclamo en todas sus partes y se confirma el avalúo de $111.378.492 determinado por el SII para el Rol N°155-084. Se condena expresamente en costas al reclamante por carecer de motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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