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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CORREA SEPÚLVEDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 13-05-2016 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se rechaza parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuesto a la renta por año 2009. Se acepta solo la exclusión de renta presunta de bienes raíces agrícolas inscritos en 2010.
Contribuyente médico reclama liquidaciones N°93 y 94 del 30/07/2013 por operación renta 2010 (año comercial 2009) que liquidan $54.064.698 en impuestos. Alega nulidad de notificación por omisión de Anexo A y prescripción. El SII cuestionó origen de fondos en fondos mutuos ($88.133.424), acciones, dólares e inmuebles. Contribuyente invoca justificación de fondos desde 2003, sociedad de prestaciones médicas, retiros familiares, arriendo de inmuebles y patrimonio común.
El tribunal rechaza los incidentes de nulidad por falta de emplazamiento y requisitos esenciales, concluyendo que las liquidaciones fueron válidamente notificadas con sus anexos y que la nulidad de actos administrativos no se rige por normas procesales civiles. Desestima prescripción invocada. Respecto del fondo, confirma aplicación de impuesto de primera categoría conforme artículo 70 de la LIR (presunción legal cuando no se prueba origen de fondos). Acepta que bienes raíces agrícolas inscritos en 2010 no corresponden a año 2009 de fiscalización. Rechaza justificaciones por administración com
Se rechaza incidentes de nulidad y prescripción. Se acoge parcialmente el reclamo solo para excluir renta presunta de bienes raíces agrícolas inscritos en 2010. Se ordena reliquidación. Costas a cargo de cada parte.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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