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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
JORGE PLAZA Y COMPANIA LIMITADA con SII- DIRECCION REGIONAL DE PUNTA ARENAS
Fecha: 27-05-2016 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Carla Andrea Ines Garbarino Arcaya
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Jorge Plaza y Compañía Ltda. por infracción por pérdida no fortuita de boletas exentas, confirmando multa de 2 UTM por negligencia en custodia durante traslado de oficina.
Jorge Plaza y Compañía Ltda., prestadora de servicios jurídicos, durante remodelación de sus oficinas en 2012 trasladó documentación a ubicación provisoria. Al retornar a domicilio original en 2014, mediante mudanza se mezclaron documentos con los de otros abogados que compartían el inmueble. En septiembre 2015, requerido por SII para exhibir boletas exentas, la contribuyente notificó pérdida de boletas N°1 a 250 (de las cuales solo 19 emitidas). Posteriormente, en noviembre 2015, las boletas aparecieron traspapeladas en caja de archivo de otro abogado. SII cursó infracción por artículo 97 N°1
El tribunal establece que aunque hubo cooperación de la contribuyente y aparición posterior de documentos, la pérdida fue calificada como no fortuita. Los documentos tributarios requieren mayor cuidado durante traslados dados riesgos de fiscalización. Aunque algunos documentos fueron trasladados por personal de la oficina, otros utilizaron camión de fletes donde se produjo la mezcla y pérdida. La contribuyente no acreditó medidas razonables para resguardar tales documentos. No existe reincidencia ni perjuicio fiscal. Se reconoce cooperación para esclarecer situación y culpa (no dolo). Se aplic
Se rechaza reclamo y confirma infracción por artículo 97 N°16 CT. Se aplica multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales a Jorge Plaza y Compañía Ltda. No se condena en costas por existencia de motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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