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Tribunal de Aysen
Inversiones Sebastián Cordero Jimenez EIRL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS REGION DE AYSEN
Fecha: 31-08-2016 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Roberto Esteban Aguirre Lagos
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación contra infracción por no emisión de boletas. Determina que SII no acreditó fehacientemente las ventas sin documentar, basándose en interpretaciones inconsistentes del cuaderno interno.
Fiscalizadores del SII visitaron el local de comida rápida de Inversiones Sebastián Cordero Jiménez EIRL el 9 de octubre de 2015. Encontraron un cuaderno interno de registro donde se anotaban gastos, pagos a proveedores y otros movimientos. Compararon cifras del cuaderno con boletas emitidas en los días 1 a 5 de octubre, concluyendo que existían ventas sin documentar por $113.428. Cursaron infracción bajo artículo 97 N°10 del CT. El contribuyente sostuvo que el cuaderno solo registraba egresos y pagos a proveedores, no ingresos por ventas.
El Tribunal analiza tres versiones contradictarias presentadas por el SII sobre cómo se calculó la diferencia de $113.428, ninguna de las cuales alcanza exactamente esa cifra. Constata que los fiscalizadores no presenciaron ventas sin boletas durante la fiscalización, sino que infirieron su existencia del cuaderno interno. El Tribunal determina que al comparar datos del cuaderno, aplicando correctamente recargas de celulares y caja inicial, resulta una diferencia negativa, lo que demuestra no hay ventas mayores a las boleteadas. Además, el SII interpretó arbitrariamente datos del cuaderno, asu
Acoge la reclamación y deja sin efecto la notificación de infracción N°1222944 de 9 de octubre de 2015. Condena en costas al Servicio de Impuestos Internos por haber sido totalmente vencido en el juicio.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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