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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
Comercio Agropecuario y Transp. José Dumenes EIRL con SII DIRECCCIÓN REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 25-08-2017 · Materia: Resolución · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de empresa contra resolución que la designa agente retenedor de IVA, desestimando argumento de reajustabilidad del monto de $450.000.000 por inflación.
Comercio Agropecuario y Transportes José Dúmenes Barría EIRL fue designada agente retenedor del IVA mediante Resolución Exenta N° 521 de 28 de diciembre de 2016, por superar ventas anuales de $450.000.000 desde septiembre de 2015 ($461.897.726 según el SII). La empresa reclamó argumentando que el monto de $450.000.000 fijado en 2000 debía reajustarse por inflación, señalando que representaría $741.223.331 en 2015, suma que su ventas de $652.167.693 no alcanzarían. También cuestionó la claridad de la resolución y alegó costos adicionales por ser facturador electrónico.
El tribunal rechaza los argumentos de la reclamante. Respecto a la claridad, confirma que la resolución contiene fundamentos suficientes y que la empresa fue notificada previamente sobre el cumplimiento del requisito. Sobre la reajustabilidad, establece que la Resolución Exenta N° 3722 de 2000 fijó expresamente un valor nominal sin reajustes, siendo facultad legítima de la autoridad tributaria hacerlo conforme al artículo 3 del DL 925. Cuando el legislador o autoridad desea cantidades variables, lo señala explícitamente (UTM, UF, etc.). El tribunal declara que no es aplicable analogía en mater
Se rechaza la reclamación presentada contra la Resolución Exenta N° 521 de 28 de diciembre de 2016, confirmándola en todas sus partes. No se condena en costas a la reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
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