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Tribunal Arica y Parinacota
Gonzalez Apaza con SII- II DIRECCIÓN REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA
Fecha: 10-08-2018 · Materia: Artículo 97 N° 17 del CT · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE Ha Lugar
Tribunal anula infracción por traslado de frutas sin documento legal, estimando que la Guía de Despacho exhibida cumple requisitos legales para transporte nacional de carga en exportación.
Transportista de carga Mauricio González Apablaza fue fiscalizado el 11 de mayo de 2018 en control carretero de Paine trasladando 1.197 cajas de peras y manzanas desde Curicó hacia Tacna, Perú. Exhibió Guía de Despacho N° 691 emitida por Semiza SpA con domicilio en Arica. El SII notificó infracción por supuesto traslado sin documento legal válido. Reclamante adujo que portaba documentación legítima y que factura de exportación estaba en poder de agente de aduanas en Arica. Acompañó además Factura de Exportación N° 284, Manifiesto de Carga, Documento Único de Salida y certificados fitosanitario
El tribunal analiza que toda normativa tributaria rige por principio de territorialidad, limitado a territorio nacional. La Factura de Exportación no existía al momento de iniciar transporte pues se confecciona al despacho hacia puerto o frontera. Para tránsito nacional corresponde documento del vendedor al exportador, que en este caso era la Guía de Despacho N° 691, que cumple requisitos del artículo 70 del Reglamento de IVA. El transportista debe verificar: identidad del emisor, numeración y timbre, datos del dueño y destinatario, correlación física de mercancía, y constancia de no venta. La
Tribunal acoge reclamo y anula Notificación de Infracción N° 1422396 de 11 de mayo de 2018. Ordena director regional SII ejecutar administrativamente la sentencia. Sin condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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