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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CRUZAT ARTEAGA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 05-09-2018 · Materia: Artículo 97 N° 6 del CT · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de abogado contra notificación de infracción por entrabar fiscalización al no acompañar documentos requeridos por SII, confirmándose multa de 1 UTM.
El SII notificó al abogado Gustavo Cruzat Arteaga (notificación 888119 de 18.12.2017) para que compareciera el 26.12.2017 y acompañara documentos referentes a rentas por recursos de protección contra isapres (nóminas de causas, honorarios, boletas, Form 29 y cartolas bancarias). El 26.12.2017 solicitó prórroga, concedida hasta 10.01.2018. El 12.01.2018 concurrió a SII con escrito de contestación pero sin acompañar ninguno de los antecedentes requeridos. El mismo día se cursó notificación de infracción por artículo 97 N°6 del CT. El reclamante alegó secreto profesional y bancario como justifica
El tribunal aplica presunción de inocencia que impone al SII la carga de la prueba. Analiza que los hechos no controvertidos confirman que el reclamante compareció vencido el plazo sin acompañar documentos. Estima que el reclamante entrabó la fiscalización al no presentar los antecedentes en tiempo y forma, aunque no la imposibilita absolutamente. Interpreta 'entrabar' conforme a sentido natural obvio (Real Academia: estorbar, entorpecer, impedir normal actividad), concluyendo que la conducta obstaculizó y dificultó el proceso fiscalizador. Los antecedentes requeridos son públicos o de fácil o
Se rechaza el reclamo y se confirma la notificación de infracción Nº1094487 de 12.01.2018. Se condena al contribuyente al pago de multa ascendente a una unidad tributaria mensual. Cada parte pagará sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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