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Tribunal de los Lagos
ARIDOS Y TRANSPORTES LA FISCA LIMITADA. con SII DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 28-11-2018 · Materia: Artículo 19 N° 21 CPR · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge parcialmente reclamo por vulneración de derechos del contribuyente (art. 8 bis CT) al no informar SII sobre naturaleza, materia y funcionario responsable de fiscalización, vulnerando garantía constitucional de no discriminación arbitraria.
Áridos y Transportes La Fisca Limitada fue notificada vía F3285 (29.03.2018) para declaración jurada y entrega de documentación sobre Impuesto a la Renta AT 2014-2016, sin informar naturaleza ni materia del procedimiento. Solicitó información formal (03.04 y 18.06.2018) al Director Regional SII sobre motivos, funcionario responsable y estado de fiscalización. SII respondió parcialmente (12.06.2018) sin entregar toda la información requerida. Contribuyente alega además negativa de timbraje de hojas sueltas (22.06.2018).
Tribunal determina que art. 8 bis CT establece derechos objetivos cuyo incumplimiento configura vulneración, sin requerir afectación constitucional adicional. Acredita que SII no informó al contribuyente sobre naturaleza y materia del procedimiento de recopilación de antecedentes, ni identificó funcionario responsable al notificar F3285, incumpliendo deberes de asistencia e información (art. 8 bis Nº1, 3 y 4 CT). Proceder discriminatorio del SII vulnera art. 19 Nº22 CPR. Rechaza alegación sobre negativa de timbraje por falta de prueba, pero advierte que su restricción amenazaría derecho a desa
Acoge parcialmente reclamo. Declara vulneración de art. 8 bis Nº1, 3 y 4 CT y art. 19 Nº22 CPR. Ordena a SII abstenerse de tomar declaración y requerir documentos mientras no exista fiscalización formal en curso. SII debe emitir en 10 días hábiles comunicación informando detalladamente sobre procedimiento, asistiendo al contribuyente e identificando funcionarios responsables. Sin costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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