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Tribunal del Biobio
COMERCIAL SINSEF LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 12-04-2019 · Materia: Artículo 109 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra multa por no declarar DJ 1907, toda vez que el giro fue anulado de oficio antes de interponerse la reclamación, tornando ineficaz el análisis de fondo.
Comercial Sinsef Ltda. fue multada por el SII el 7 de junio de 2018 con $ 22.167.840 (reducida a $ 8.867.136 tras condonación) por no presentar declaración jurada 1907. El giro folio 2390367 fue notificado el 27.09.2018. La empresa reclamó argumentando falta de fundamentación y que no estaba obligada a presentar tal declaración por no haber realizado operaciones transfronterizas relevantes. Posteriormente el SII anuló el giro de oficio el 8 de octubre de 2018, cuatro días antes de que se interpusiera el reclamo.
El tribunal constata que el acto reclamado (Giro 2390367) fue anulado por el SII el 8.10.2018, cuatro días antes de la interposición del reclamo (12.10.2018). La anulación obedeció a que se utilizó un código parcial aún no habilitado que causó rechazo de la Tesorería General. Por esta razón, resulta imposible pronunciarse sobre la falta de fundamentación del giro ni sobre la improcedencia de la DJ 1907, pues el acto administrativo ya no existe. Las demás aserciones de las partes no alteran esta conclusión fundamental.
Se rechaza la reclamación interpuesta, por cuanto el acto administrativo reclamado se encontraba ya anulado al momento de su interposición. No se condena en costas por haber existido motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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