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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SANDOVAL MORA con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE
Fecha: 04-03-2020 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidaciones de impuesto a la renta 2012 por falta de prescripción y caducidad; tribunal confirma validez de citación y liquidaciones practicadas dentro de plazo legal.
Contribuyente Carlos Miguel Sandoval Mora reclamó contra Liquidaciones Nos. 226, 227 y 228 del SII por impuesto a la renta año 2012, por suma total $183.010.491. Declaración fue observada el 11/12/2012; con fecha 15/03/2013 se requirieron antecedentes; contribuyente entregó documentos el 18/06/2013; citación N°182 fue notificada por cédula el 30/04/2015; liquidaciones fueron notificadas por cédula el 30/07/2015. Reclamante alegó no haber recibido la citación en fecha indicada y que prescripción había operado al 30/04/2015.
Tribunal estimó que plazo de prescripción de tres años comenzó el 1° de mayo de 2012 y vencía el 1° de mayo de 2015. Citación notificada el 30/04/2015 aumentó plazo en tres meses adicionales, comenzando a correr el 2 de mayo de 2015 y venciendo el 2 de agosto de 2015. Las liquidaciones del 30/07/2015 fueron practicadas dentro del plazo ampliado. Rechazó alegación subsidiaria sobre caducidad conforme artículo 59 CT, pues falta certificación de funcionario sobre recepción de todos antecedentes. Acta de notificación cumple requisitos legales aunque no conste forma física de entrega de cédula.
Se rechaza reclamo y confirman Liquidaciones Nos. 226, 227 y 228 del 30 de julio de 2015. Cada parte paga sus propias costas. Se libera a reclamante del pago de costas por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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