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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
SII Dirección Regional Punta Arenas con CAIPILLAN HERMOSILLA
Fecha: 30-03-2020 · Materia: Artículo 100 del CT · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
ACOGE Ha Lugar
Contadora condenada por falsedad y actos dolosos en documentos tributarios: alteró Formularios 29 y emitió facturas y guías de despacho fuera de rango autorizado.
María Inés Caipillán Hermosilla, contadora, fue denunciada por el SII por manipular información tributaria de dos clientes. Respecto de Vanessa Karina Iglesias Valenzuela, alteró siete Formularios 29 (nov. 2016 a jun. 2017) entregando documentos falsificados que acreditaban pagos de IVA inexistentes, mientras declaraba montos menores ante el SII. Respecto de Comercializadora de Excedentes Industriales Pedro Rodolfo Vargas Díaz E.I.R.L., emitió factura electrónica Nº 27 (28 jun. 2017) y guías de despacho (28, 29, 30, 34, 35) fuera del rango de timbraje autorizado, utilizando timbres electrónico
El tribunal acreditó mediante prueba documental y testimonial que la denunciada incurrió en falsedades y actos dolosos consumados. Respecto de Iglesias Valenzuela, se comprobó la adulteración de formularios mediante cotejo entre los presentados al SII y los entregados al cliente, con diferencias significativas en IVA débito y crédito fiscal que reducían la carga tributaria. Se verificó que certificados de deuda entregados eran materialmente falsos. Respecto de la segunda contribuyente, se acreditó que los documentos electrónicos estaban fuera del rango autorizado y utilizaban timbres de docume
Se confirma el Acta de Denuncia Nº 03. Se declara a María Inés Caipillán Hermosilla autora consumada de infracción al artículo 100 del Código Tributario. Se impone multa de 7 Unidades Tributarias Anuales. Se oficia al Colegio de Contadores. Se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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