Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
BRAVO LOPEZ con Dirección Nacional Subdirección de Fiscalización
Fecha: 27-07-2021 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Término de gestión judicial por acogimiento del beneficio tributario del artículo 33 transitorio de la Ley N°21.210, con condonación del 100% de intereses en liquidación de Impuesto Global Complementario.
Hugo Bravo López fue objeto de Liquidación N° 8 practicada el 29 de agosto de 2016 por la Subdirección de Fiscalización del SII, por diferencias de Impuesto Global Complementario del año tributario 2013, ascendentes a $292.723.194. Se dedujo reclamo tributario el 19 de diciembre de 2016. La sucesión del contribuyente presentó petición administrativa el 30 de marzo de 2021 solicitando acogerse al beneficio del artículo 33 transitorio de la Ley N°21.210, acompañando caución por $206.419.661.
El Servicio de Impuestos Internos reconoció mediante Resolución EX. SII N°2195 de 9 de julio de 2021 que la sucesión del contribuyente cumplió con todos los requisitos establecidos en el artículo 33 transitorio de la Ley N°21.210 para acceder al beneficio tributario invocado. El tribunal aplicó la disposición transitoria de la Ley N°21.210 para poner término a la gestión judicial, considerando que se han satisfecho los requisitos legales para la condonación solicitada.
Se levanta acta término de gestión judicial, concediéndose al beneficio tributario contemplado en el artículo 33 transitorio de la Ley N°21.210 con condonación del 100% de los intereses. Se ordena notificar a la parte reclamada mediante publicación en sitio Internet del Tribunal y a la parte reclamante mediante carta certificada.
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.