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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO PONIENTE con Construcciones FB Spa
Fecha: 28-09-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal confirma denuncia por uso de facturas ideológicamente falsas para aumentar crédito fiscal de IVA e impone multa de $2.470.000 (100% de lo defraudado).
Construcciones FB SpA registró y declaró en su formulario 29 de octubre de 2018 dos facturas electrónicas (N° 117 y 118) emitidas por E.S.T. Ingeniería y Construcción Limitada, por montos netos de $13.000.000 e IVA de $2.470.000. El representante legal de E.S.T. declaró jurada que no reconocía haber efectuado tales trabajos. La denunciada rectificó posteriormente el formulario 29 sacando ambas facturas. El representante de la denunciada manifestó haber contratado servicios a través de una persona por internet y que los pagos se efectuaron en efectivo sin documentación.
El tribunal constató que la denunciada registró y declaró crédito fiscal por facturas ideológicamente falsas sin respaldo documentario. Se acreditó que el proveedor E.S.T. emitió sistemáticamente 95 facturas falsas a diversos clientes. Los requisitos del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario concurren: (1) afectación al IVA, (2) maniobras tendientes a aumentar crédito fiscal sin derecho legal, (3) carácter malicioso evidenciado por la mecánica de registrar y declarar IVA sin respaldo alguno. Aunque la denunciada rectificó posteriormente, ello no elimina el dolo de la operación inicia
Se confirma el Acta de Denuncia N°4 de 9 de octubre de 2020. Se aplica multa de $2.470.000 equivalente al 100% de lo defraudado, considerando atenuantes por falta de reincidencia y rectificación posterior del formulario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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