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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SANTANDER ENCINA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XIV DR STGO PONIENTE
Fecha: 27-05-2022 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra reavalúo de bien raíz por falta de fundamentación del acto administrativo del SII, declarando nulidad tributaria.
Contribuyente reclama contra modificación de avalúo de inmueble Rol N°226-47 en Peñaflor, ubicado en Av. Francisco Bilbao N°764, con superficie 1.200 m². El SII modificó avalúo de $76.705.689 a $144.481.906 mediante Resoluciones A14.2019.00010715 y A14.2019.00010716 de 28 de junio 2019, cambiando destino de habitacional a comercial tras visita de 25 febrero 2019 y recepción de permiso municipal. Contribuyente sostiene que el inmueble tiene 81,21% destinado a habitación y 18,79% a comercio (pequeño expendio de bebidas alcohólicas), y que el aumento de 76,27% carece de justificación legal.
El tribunal concluyó que las Resoluciones reclamadas adolecen de vicio fundamental: falta de fundamentación del acto administrativo. Aunque el SII citó normas legales y mencionó hechos (recepción municipal, visita terreno), no explicó las razones ni justificaciones del aumento. Las Resoluciones contienen contradicciones y no cuentan con información mínima para que el contribuyente comprenda las razones del reavalúo. El acto debe ser autosuficiente en sí mismo para permitir defensa. Se vulneran derechos reconocidos en la Constitución, Ley 19.880 (artículos 11 y 41) y Código Tributario (artículo
Acoge reclamo y deja sin efecto Resoluciones A14.2019.00010715 y A14.2019.00010716 de 28 junio 2019 del SII. Declara nulidad tributaria conforme Ley 20.322. No condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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