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Tribunal de Valparaiso
CLUB MORE SpA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL VALPARAISO
Fecha: 2026-01-23 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE
Tribunal acoge reclamo de Club More SpA contra infracción por no emisión de boletas electrónicas, estimando que SII no acreditó debidamente los hechos infraccionales conforme a estándares probatorios aplicables en materia sancionatoria.
Fiscalizadores del SII inspeccionaron el 27.03.2025 el restaurante Club More ubicado en Viña del Mar. Al consultar sistema FUDO registraron ventas por $28.393.706 versus boletas electrónicas por $17.145.730, generando diferencia de $11.247.976. Posteriormente, al consultar nuevamente con el representante legal presente, el sistema arrojó $5.189.110. Los fiscalizadores cursaron infracción por no emisión de documentos. Club More alegó que el sistema FUDO había incorporado ventas de febrero del local contiguo (SALAK More) en el período de marzo, explicando la diferencia detectada.
El Tribunal señala que en materia infraccional tributaria aplica el principio de presunción de inocencia, correspondiendo al SII rendir prueba suficiente. La notificación infraccional no precisó cantidad, naturaleza ni fechas específicas de documentos supuestamente no emitidos. El Tribunal detecta contradicción entre lo afirmado por fiscalizadores (consulta en Tablet institucional) y la Orden de Trabajo que indica no contaban con tal dispositivo. Además, el informe de Transbank que fundamenta la infracción no fue mencionado en la notificación ni acompañado oportunamente al proceso. La indeterm
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto la Denuncia Folio N°1494052 de fecha 27.03.2025 por infracción al artículo 97 N°10 del Código Tributario. No se condena en costas a la reclamada por haber tenido motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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