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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
PELUQUERIAS INTEGRALES SA con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE
Fecha: 19-10-2022 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Peluquerías Integrales contra liquidación del SII por AT 2014, rechazando devolución de impuestos por falta de acreditación de pérdida tributaria y varios gastos.
Peluquerías Integrales S.A. declaró pérdida tributaria en AT 2014 y solicitó devolución de pagos provisionales por $125.209.843. El SII practicó liquidación N°74 de mayo 2015 rechazando la devolución y realizando ajustes por gastos no acreditados. La contribuyente fue citada en febrero 2015 para justificar partidas específicas, respondió dentro de plazo pero no logró acreditar suficientemente varios gastos como arriendos, servicios compartidos, cheques incobrables, mejoras a locales y gastos anticipados.
El tribunal aplicó regla de sana crítica para evaluar pruebas conforme artículo 132 inciso 14 del Código Tributario. Determinó que la reclamante debe probar sus alegaciones según artículo 21 CT. Analizó cada partida impugnada: respecto a arriendos y servicios compartidos, faltó acreditación suficiente; para cheques incobrables, no se demostraron agotamiento de medios de cobro exigido por artículo 31 N°6 LIR; para mejoras y gastos anticipados, carencia absoluta de documentación sobre fechas de adeudamiento. Concluyó que no se acreditó la pérdida tributaria declarada por ($1.180.433.090), por lo
Se acoge parcialmente el reclamo conforme a considerandos 17 y 18 (relativos a partidas 3A arriendos y 4B servicios compartidos), rechazándose lo demás. El SII debe ejecutar administrativamente lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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