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Tribunal de la Araucanía
ACUNA SAUTEREL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 28-05-2013 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación de diferencias de impuestos por falta de notificación debida de la citación y liquidación al contribuyente agricola.
Javier Acuña Sauterel, agricultor, reclama contra Liquidación N° 29201000005 de enero 2012 que determina diferencias de impuestos de Primera Categoría y Global Complementario por $40.999.498 más reajustes e intereses para el año 2009. El SII había emitido Citación N° 192300421 de julio 2011 solicitando acreditar origen de fondos de inversiones realizadas en 2008 (vehículos, bien raíz, aportes societarios y fondos mutuos). Reclamante sostiene no recibió la citación por tener domicilio rural sin servicio de correos. SII alega entrega mediante carta certificada a través de Correos de Chile.
El tribunal analiza deficiencias en la notificación. Respecto a la Citación N° 192300421: el certificado de Correos carece de especificidad, usa el término vago 'cliente' sin identificar claramente al destinatario real, sin otros antecedentes que prueben entrega material. Sobre la Liquidación N° 29201000005: se entregó copia a la contadora del reclamante seis meses después (julio vs enero), sin acreditar su representación legal, ni que incluyera el anexo con detalle de inversiones. El tribunal enfatiza que en materia tributaria se requiere mayor diligencia en notificaciones de actos onerosos y
Acoge reclamo de Javier Acuña Sauterel. Deja sin efecto Liquidación N° 29201000005 de 25 enero 2012 por $65.339.670 incluyendo reajustes e intereses. Acepta objeción documental al certificado de Correos por falta de mérito probatorio. No condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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