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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES TRES MIL SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 26-12-2024 · Materia: Resolución · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra resolución que desconoció pérdida tributaria originada en venta de acciones de Cabo de Hornos S.A. por no acreditar razonabilidad del precio ni cumplimiento de requisitos del artículo 31 de la LIR.
Inversiones Tres Mil S.A. declaró pérdida tributaria AT 2013 de $6.056.992.250, incluyendo pérdida de arrastre de $5.987.953.954. El SII fiscalizó y determinó que parte de la pérdida ($2.096.951.326) provenía de venta de acciones de Cabo de Hornos S.A. efectuada en 2010. La operación consistió en capitalización de créditos por $2.228.146.195 el 25/08/2010 y venta al día siguiente a Big Sur S.A. por $251.418.330, generando pérdida de $1.976.728.655. El SII objetó la razonabilidad del precio y la falta de acreditación de motivos comerciales.
El tribunal consideró que la reclamante no acreditó fehacientemente el costo de adquisición de las acciones ni la razonabilidad del precio de venta. La capitalización inmediatamente seguida de venta a precio muy inferior resultó injustificada comercialmente. Existía oferta previa de tercero independiente por USD 980.000-1.080.000, mientras la venta a relacionada fue por USD 499.500 pese a aporte de capital de USD 4.161.678 el día anterior. No se probó que la operación cumpliera requisitos de gasto necesario para producir renta del artículo 31 de la LIR. La pérdida debe estar debidamente acredi
Se rechaza el reclamo en petición principal y subsidiaria. Se confirma Resolución Exenta N°1576 de 30/08/2016 que modificó pérdida tributaria y FUT del AT 2013. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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