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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CLARO VICUNA VALENZUELA SA con SII-DIRECCION DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 11-07-2025 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Claro Vicuña Valenzuela S.A. contra liquidaciones del SII por años 2015-2016, dejando sin efecto la multa del artículo 97 N°11 del Código Tributario pero manteniendo otras adiciones a la renta líquida imponible.
Claro Vicuña Valenzuela S.A., continuadora legal de CVV Inversiones SpA, fue fiscalizada por el SII en el marco del programa Fusión Propia DGC. La empresa había sido dividida en 2013 y posteriormente fusionada en 2015. El SII practicó liquidaciones Nos. 7 a 11 del 28 de abril de 2017 por años 2015 y 2016, agregando partidas en remuneraciones, intereses a empresas relacionadas, otros gastos, corrección monetaria, depreciación tributaria y corrección monetaria del capital propio, determinando una base imponible de $1.216.818.668. Se rechazó recurso de reposición mediante Resolución Ex. N°76.729
El tribunal analiza los requisitos copulativos para deducción de gastos según artículo 31 LIR: relación con el giro, necesidad, no doble rebaja, efectiva incurrencia y acreditación fehaciente. Respecto de remuneraciones y intereses, la actora no desvirtuó suficientemente las adiciones del SII. Sobre la multa del artículo 97 N°11, el tribunal concuerda con jurisprudencia de la Corte Suprema (autos Rol 1201-2009 y 38023-2017) en que dicho precepto sanciona retardo en enterar tributos retenidos, no controversias sobre procedencia de devoluciones. En fusiones donde se cuestiona la procedencia de u
Se acoge parcialmente el reclamo dejando sin efecto la multa del artículo 97 N°11 del Código Tributario de la Liquidación N°9, pero se rechaza lo demás. Se mantienen las adiciones de remuneraciones, intereses y otros gastos. Cada parte pagará sus propias costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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