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Tribunal del Biobio
VELOSO CASTIGLIONE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CONCEPCIÓN
Fecha: 28-07-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Reclamo tributario por liquidación de impuesto global complementario por diferencias de rentas y crédito de impuesto territorial, controvertiendo la falta de acreditación de partidas en sede administrativa.
Juan Carlos Veloso Castiglione, empresario, reclama contra la Liquidación N° 190401393 de 21 de abril de 2020 emitida por el SII, que determina diferencias de impuesto global complementario por $4.357.612 para el ejercicio comercial 2018. El reclamante es comunero de bienes raíces en Los Ángeles (roles 74-32, 73-31, 74-33, 74-41) y predios agrícolas en Mulchén (roles 627-23, 627-42), arrendados a terceros cuyas rentas fueron declaradas. Cuestiona observaciones del SII respecto de crédito por impuesto territorial y omisión de rentas.
El tribunal debe analizar si la administración actuó dentro del marco de legalidad exigido por el artículo 6 de la Constitución. La controversia central es si es procedente acreditar en sede judicial hechos y documentos no presentados en la etapa administrativa. El SII sostiene que corresponde al contribuyente probar conforme al artículo 21 del Código Tributario en la instancia administrativa, no en la judicial. El reclamante invoca jurisprudencia constitucional que reconoce amplitud probatoria en sede jurisdiccional, aplicando reglas de sana crítica según artículo 132 del Código Tributario. S
Se recibe la causa a prueba. Se fijan como hechos substanciales, pertinentes y controvertidos la acreditación de la efectividad de los presupuestos fácticos para dejar sin efecto o modificar la liquidación N° 190401393. Se cita a las partes a oír sentencia.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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