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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INMOBILIARIA MANRESA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-08-2025 · Materia: Resolución · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inmobiliaria Manresa contra resolución del SII que denegó devolución de $4.404.035 por PPUA del año 2016, por falta de acreditación de pérdida tributaria y créditos invocados.
Inmobiliaria Manresa presentó declaración de impuestos AT 2016 (formulario 22) solicitando devolución de $4.404.035 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas (PPUA). El SII emitió Resolución Exenta N°2684 de 22 de diciembre de 2016 denegando la devolución por inconsistencias y falta de acreditación de la pérdida tributaria. La empresa reclamó argumentando pérdida tributaria de $29.194.202 en AT 2016, con gastos por corrección monetaria, depreciación, patentes, honorarios y servicios básicos. El SII cuestionó la documentación de respaldo.
El tribunal analiza la procedencia de la devolución conforme al artículo 31 de la LIR, requiriendo acreditación fehaciente de gastos. Examina la pérdida tributaria declarada, concluyendo que solo se acreditó adecuadamente el gasto de honorarios por $2.533.332. Respecto de corrección monetaria, depreciación, patentes y servicios básicos, constata falta de documentación respaldatoria (facturas, comprobantes de pago, escrituras, determinaciones técnicas). Verifica el Fondo de Utilidades Tributables, observando que la empresa propone corregir errores propios del AT 2015, pero el tribunal no puede
Se rechaza el reclamo presentado por Inmobiliaria Manresa contra la Resolución Exenta N°2684 del SII. Se confirma la resolución administrativa. Cada parte paga sus propias costas por estimarse que el SII tuvo motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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