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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
PAVEZ CAMPAÑA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION NACIONAL
Fecha: 22-10-2025 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR; Artículo 8 bis CT · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos constitucionales y tributarios de contribuyente contra SII por entrega parcial y tardía de copia de declaración jurada y facturas en procedimiento de recopilación de antecedentes.
José Antonio Pavez Campaña, representante legal de Yelcho SpA en liquidación, fue citado por el Departamento de Delitos Tributarios el 18/01/2024 para declarar sobre emisión de facturas electrónicas falsas. Declaró el 09/02/2024. Solicitó copia de su declaración jurada el 12/02/2024 mediante correo. Con Petición Administrativa N°77324856593 del 02/05/2024 solicitó copia íntegra de su declaración y facturas de compra-venta. Recibió copia parcial y censurada el 27/06/2024, tras cuatro meses de espera y concurrencias presenciales. No se le entregaron las facturas solicitadas.
El tribunal analiza si hubo vulneración del artículo 19 N°24 CPR (derecho de propiedad) y artículos 8 bis N°1, 4, 7 y 10 del Código Tributario. Respecto a las tachaduras en la declaración, el tribunal estima que se justifican por secreto tributario (artículo 35 CT) y protección de datos personales (Ley N°19.628), siendo datos de terceros no reconocidos por el declarante. Sobre los derechos del artículo 8 bis, el tribunal concluye que la Citación N°11 informó adecuadamente sobre fechas, materia, procedimiento de recopilación de antecedentes y derechos asistentes. Respecto a las dilaciones, esti
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos por extemporáneo, conforme a los motivos 10° a 15° del fallo. Cada parte paga sus propias costas. Se libera al reclamante del pago de costas de la contraria por considerar que tuvo motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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