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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SEGUEL MALAGUEÑO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 27-11-2025 · Materia: Giro · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo contra giro de impuesto al lujo por omisión del reglamento mandatado por ley para verificar afectación de bienes gravados.
Luis Enrique Seguel Malagueño reclamó giro N°9638243 de $1.034.610 por impuesto al lujo sobre Mercedes Benz matrícula KCCP66. El vehículo sufrió accidente el 27/09/2023 con pérdida total certificada por BCI Seguros el 19/04/2024. El contribuyente figuraba como propietario inscrito en RNVM al 31/12/2023. El SII giró el impuesto conforme a Ley N°21.420 artículo 9°, sin que existiera reglamento supremo que estableciera forma de verificar afectación de bienes.
El tribunal determinó que el artículo 9° de Ley N°21.420 inciso 7° ordena imperativamente la dictación de reglamento por decreto supremo del Ministerio de Hacienda para establecer forma de verificar afectación de bienes. Esta base imponible constituye elemento esencial del tributo. El SII reconoció inexistencia del reglamento a la fecha del giro. La omisión del reglamento constituye vicio que impide legitimidad del giro, vulnerando principio de legalidad tributaria. Respecto a dominio y valor del bien, no se acreditó pérdida de dominio al 31/12/2023 ni que valor fuera inferior a 62 UTA, por lo
Se acogió el reclamo dejando sin efecto el giro N°9638243. La Directora Regional del SII deberá cumplir administrativamente lo resuelto. Cada parte pagará sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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