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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
MONTAJES INDUSTRIALES MONTEC SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 05-12-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra liquidaciones de IVA por falta de acreditación de crédito fiscal y aplicación de proporcionalidad, debido a incumplimiento de plazos de Ley 18.320 y ausencia de respaldo documental suficiente.
MONTAJES INDUSTRIALES MONTEC SA fue fiscalizada por IVA períodos 2012-2015. Notificada el 01/09/2015 (Notificación 213), aportó antecedentes el 06/10/2015, fuera de plazo legal. SII emitió Citación 195 del 09/09/2016 y posteriormente 7 liquidaciones por IVA no acreditado y proporcionalidad de crédito fiscal, totalizando $4.609.072.952 a enero 2017. Contribuyente alega haber entregado documentación en plazo mediante guías de despacho 41.433 y 41.432 del 01/10/2015, pero fiscalizador no recibió por ausencia justificada.
Tribunal declara incompetente para conocer nulidad de derecho público (arts. 38 y 76 CPR, Ley 20.322). Concluye que contribuyente no cumplió plazo legal Ley 18.320 al aportar antecedentes el 06/10/2015, perdiendo beneficios de dicha ley. Sobre proporcionalidad IVA: contribuyente realizó operaciones gravadas ($684.266.868.610) y no gravadas/exentas ($3.258.723.149 por indemnizaciones financiadas y $32.799.800 por venta activos fijos), resultando aplicable art. 43 LIVS y art. 44 DS 55. Rechaza que indemnizaciones no sean base para proporcionalidad. Sobre diciembre 2013: contribuyente no acreditó
Rechaza reclamo en todas sus partes. Confirma Liquidaciones 01 a 07. Condena en costas a reclamante conforme art. 144 inc. 2° y 3° Código Tributario. Regula honorarios en 4 UTM.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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