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Tribunal del Maule
FORESTAL ARAUCO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TALCA
Fecha: 11-12-2025 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza nulidad de avalúo fiscal agrícola por reavalúo 2024, estimando que Resolución N°150 del SII contiene fundamentación suficiente pese a críticas sobre metodología y datos obsoletos.
Forestal Arauco S.A. reclama la determinación del avalúo fiscal del bien raíz Rol N°68-13 ubicado en comuna de Teno, determinado por el SII en el proceso de reavalúo general de bienes raíces agrícolas 2024. El avalúo experimentó un alza del 50,97% entre el segundo semestre de 2023 y primer semestre de 2024. La reclamante encargó un estudio que detectó deficiencias metodológicas en la Resolución Exenta N°150 de 2023, incluyendo uso de datos de 1961, falta de explicación de cálculos, problemas en la base de datos de Formularios 2890 y inconsistencias en muestras.
El tribunal analiza si la determinación del avalúo adolece de vicios de nulidad de derecho público por infracción a los principios de legalidad y fundamentación consagrados en los artículos 6 y 7 de la Constitución, artículos 11, 16 y 41 de la Ley N°19.880, artículo 8 bis N°4 letra a) del Código Tributario y artículos 3, 4 y 5 de la Ley N°17.235. Se establece que un acto administrativo debe ser fundado con suficiencia, no bastando mera enunciación de fundamentos, debiendo contener hechos, derecho y razonamiento lógico-jurídico que conducen a conclusión racional. Se cita jurisprudencia de la Co
Se desestiman los cuestionamientos de la parte reclamada respecto de la procedencia de la acción de nulidad. El tribunal analiza la fundamentación de los actos reclamados, considerando los principios de imparcialidad, transparencia, publicidad y fundamentación exigidos por las leyes administrativas y tributarias.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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