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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES CONSOLIDADAS LIMITADA con SII-DIRECCION GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 24-12-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Consolidadas Limitada contra liquidación de impuesto único art. 21 LIR por gastos no acreditados (honorarios, asesorías, mantención vehículo) y niega devolución de PPUA solicitada.
Inversiones Consolidadas Limitada declaró RLI negativa de $1.444.415.226 en 2016, solicitando devolución de $95.361.962 por PPUA. El SII fiscalizó y liquidó impuesto único art. 21 LIR por $140.145.931 cuestionando: corrección monetaria de inversiones, gastos de bienes para uso socio, honorarios asesorías, honorarios legales, gastos mantención vehículo, corrección monetaria tributaria CPI y PPUA. Reclamante presentó RAV que fue acogida parcialmente, reduciéndose impuesto a $63.829.755. Litiga sobre procedencia de deducciones y devolución de PPUA.
El tribunal analiza ocho referencias impugnadas. Respecto inversiones tributarias Arizona y Alabama: rechaza errores alegados del SII sobre tres comprobantes por $868.620.000. Sobre Estancia El Paraíso: desestima que remesas constituyan activos en exterior generadores de renta. En referencias 3 y 4 (honorarios asesorías y legales): determina que reclamante no acreditó fehacientemente prestación efectiva de servicios ni necesidad para generar rentas; rechaza alegación de secreto profesional por no vincularse a encargo legal. Referencia 5 (mantención vehículo): confirma postura fiscal por falta
Se rechaza el reclamo de Inversiones Consolidadas Limitada. Se confirma la Liquidación N°28 y la Resolución Exenta 17.100 N°58/2017, manteniéndose la pérdida tributaria de $263.590.614 y denegándose la devolución de PPUA solicitada por $95.361.962.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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