Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
ROVIRA FORNAZZARI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO SUR
Fecha: 05-02-2026 · Materia: Giro · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamación contra Giro de Impuesto al Lujo por omisión del Reglamento mandatado en Ley N°21.420, dejando sin efecto el acto por infracción al principio de legalidad.
Alexis Rovira Fornazzari, propietario de un vehículo Mercedes Benz GLE 350 D COUPE 4X4 2.9 (año 2022), recibe giro de Impuesto al Lujo folio N°8742929 de fecha 12/04/2023 por $1.412.894 emitido por la XVI Dirección Regional Santiago Sur del SII. El reclamante interpone recurso de reposición administrativa (denegado) y posteriormente reclamación tributaria alegando vicios de ilegalidad en la emisión del giro.
El Tribunal determina que el artículo 9° de la Ley N°21.420 encarga expresamente al Reglamento (mediante Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda) la determinación de la forma de verificar la afectación de bienes con el impuesto, constituyendo la base imponible elemento esencial del tributo. La omisión del Reglamento impide la legitimidad del giro, siendo un acto ilegal por infracción al principio de legalidad. La Resolución Exenta SII N°125 y Circular N°57 no sustituyen la dictación formal del Reglamento. Se cita jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia en igual sentido.
Se acoge el reclamo en lo principal, dejando sin efecto el Giro Folio N°8742929 emitido con fecha 12/04/2023. Se ordena al Director Regional Santiago Oriente del SII disponer el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus costas.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.