Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal L.G.B. Ohiggins
Sociedad Agrícola El Porvenir SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL RANCAGUA
Fecha: 24-03-2026 · Materia: Giro · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y declara nula emisión de giro por impuesto al lujo sobre helicóptero, por falta de reglamento y motivación insuficiente en aplicación de Ley N°21.420.
Sociedad Agrícola El Porvenir S.A., propietaria de helicóptero Bell 429 tasado en $4.850.700.000, fue objeto de giro por $98.275.182 conforme artículo 9 Ley N°21.420 (impuesto al lujo), emitido el 01 de abril de 2024. La reclamante alegó cumplir requisitos para exención al destinar el bien a actividades agrícolas y de transporte de operadores, pero el SII rechazó la exención por no acreditarse destinación efectiva del helicóptero. La empresa cuestionó falta de reglamento y motivación insuficiente del acto.
El tribunal consideró que el artículo 9 Ley N°21.420 expresamente exigía dictación de reglamento para verificar afectación de bienes, requisito no cumplido. Analizó historia de Ley N°21.713 donde el Ministerio de Hacienda reconoció falencias en redacción original y vacíos legales que requerían regulación legal, no reglamentaria. Estimó impropio que SII regulara por circulares y resoluciones lo que debía estar en reglamento o ley. Concluyó que aplicación del impuesto sin reglamento vulnera principios de juridicidad y legalidad constitucionales.
Se acoge reclamo. Se declara nulidad del giro y se deja sin efecto para todos los efectos legales. Se ordena cumplimiento administrativo de sentencia por SII. Sin condena en costas, cada parte soporta las suyas.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.