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Tribunal de la Araucanía
STOCKEBRAND LORCA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 20-12-2013 · Materia: Liquidación
ACOGE Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar
Se acoge reclamación contra liquidación de impuestos por falta de fundamentación del acto administrativo, dejándose sin efecto liquidación N°109201000090 que determinaba diferencias de Impuesto Global Complementario por subdeclaración de ganancias de capital.
Contribuyente Miriam Elisabeth Stockebrand Lorca fue notificada por el SII en agosto de 2010 para aclarar observaciones F53 y G36 en su declaración de renta AT 2010. Al no comparecer, el SII emitió liquidación N°109201000090 en septiembre 2012, determinando subdeclaración de $18.417.247 por rescate de Fondos Mutuos, agregándolo a base imponible del Impuesto Global Complementario, estableciendo diferencia de impuestos por $5.389.021.
El Tribunal estima que la liquidación no cumple con el requisito de fundamentación exigido por el artículo 11 de la Ley 19.880, al limitarse a señalar códigos internos y mencionar genéricamente información en bases de datos del SII, sin especificar antecedentes precisos ni detallar cómo se concretó la subdeclaración. Esta omisión afecta el derecho de defensa de la contribuyente. La incomparecencia del contribuyente no exime al SII de emitir actos debidamente fundados. El artículo 21 del Código Tributario solo altera la carga de la prueba cuando existe actuación fiscalizadora fundada y razonabl
Se acoge la reclamación y se deja sin efecto la Liquidación N°109201000090 de 24 de septiembre de 2012 que determinaba diferencias de Impuesto Global Complementario por $8.284.462. Se condena en costas a la parte reclamada por carecer de motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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