Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal del Biobio
MADERAS CAMPANARIO LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 19-02-2014 · Materia: Artículo 97 N° 1 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra multa por presentación extemporánea de declaración jurada. El tribunal estima que hubo notificación válida a través de plataforma web del SII y que la sanción tiene cobertura legal en artículo 97 N°1 del CT.
Maderas Campanario Limitada presentó fuera de plazo (17 de abril de 2012, vencimiento 26 de marzo) la declaración jurada formulario 1879. El SII emitió multa folio 108971335-4 el 17 de abril de 2012. La empresa descubrió el giro el 2 de septiembre de 2013 en la plataforma web del SII. Reclama falta de notificación formal conforme a artículos 11 a 15 del CT y cuestiona que la sanción se haya aplicado por resolución administrativa en lugar de por ley.
El tribunal estima que la notificación a través de la plataforma web constituye notificación válida conforme al artículo 4° BIS del DFL 7/1980, que permite que trámites electrónicos produzcan los mismos efectos que trámites presenciales. Además, la empresa accedió a la plataforma con posterioridad, tomando conocimiento del giro. Respecto al principio de legalidad en sanciones, el tribunal razona que el artículo 97 N°1 del CT es la fuente primaria de la sanción, siendo la RES. EX 4085 solo una referencia administrativa. La obligación de presentar la declaración emana del artículo 101 de la LIR,
Se rechaza el reclamo deducido contra el giro de multa folio 108971335-4 de 17 de abril de 2012. Se rechaza incidencia de condena en costas al SII. No se condena en costas a la parte vencida.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.