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Tribunal R. Metropolitana. Primero
INVERSIONES R LIMITADA Y COMPANIA III EN COMANDITA con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 15-05-2014 · Materia: Artículo 97 N° 15 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acogió reclamo contra infracción por art. 97 N°15 CT por deficiencias en individualización de conducta y falta de precisión normativa, reconociéndose derecho a guardar silencio como garantía constitucional.
El SII citó al representante legal de Inversiones R III para declarar ante el Departamento de Delitos Tributarios. El citado compareció el 12 de diciembre de 2013 pero ejerció su derecho a guardar silencio. El 18 de marzo de 2014 se notificó infracción por incumplimiento de obligaciones de los arts. 34 y 60 inciso penúltimo del CT, sin especificar la conducta infractora ni el cuerpo normativo de referencia.
El tribunal concluyó que la infracción adolecía de vicios fundamentales: (1) falta de individualización clara de la conducta infractora, no precisándose si se refería al art. 34 (declaración sobre declaración propia) o art. 60 (declaración sobre terceros); (2) omisión de indicar a qué cuerpo legal pertenecían los artículos citados; (3) vulneración del derecho de defensa al no describir precisamente los hechos constitutivos. El tribunal reconoció que el derecho a guardar silencio, consagrado en tratados internacionales de rango constitucional, opera como garantía fundamental en procedimientos c
Se acogió el reclamo dejando sin efecto la Infracción N°1241032 de 18 de marzo de 2014. No se condenó en costas por existir motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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